Deducción IVA suministros vivienda de autónomos y empresarios.

25 febrero, 2024 - 3 minutes read

Hacienda se ha visto forzada a contemplar un cambio drástico de criterio, por el que deberá permitir en lo sucesivo, que autónomos y empresarios que desarrollen su actividad o trabajo en su propia vivienda puedan deducirse el IVA de los suministros de luz gas, agua o internet.

El cambio de criterio que obliga a hacienda a aceptar forzosamente la deducción del IVA correspondientes a dichos gastos se origina tras la resolución adoptada por el Tribunal Económico Administrativo (TEAC), dando respuesta a las consultas que le fueron elevadas a instancias de dos trabajadores autónomos. El objeto de las consultas formuladas era determinar y establecer de forma permanente el criterio fiscal que debía seguirse en cuanto a la posibilidad de deducción del IVA de los suministros devengados por el ejercicio de su actividad en sus viviendas.

Por tanto, en los supuestos en los que un trabajador por cuenta ajena o empresario individual ejerza su actividad económica utilizando parte de su propia vivienda particular, podrán deducirse los suministros de forma proporcional a la parte del inmueble que sea destinado a dicha actividad o negocio.

Así las cosas, este cambio de criterio podría acarrear la reclamación por parte de los contribuyentes de las sumas pagadas de más al fisco correspondiente a los últimos cuatro ejercicios.

Mediante esta resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), se establece un cambio de rumbo, modificándose la Ley del IVA, que hasta ahora impedía a empresarios y autónomos la deducción de los suministros de la vivienda. Por tanto, el TEAC ha determinado que la regulación fiscal española es contraria a las previsiones de la Directiva europea del IVA, que en su art. 168 contempla expresamente la posibilidad de minorar el IVA soportado de todo gasto vinculado al inmueble que se derive del ejercicio de la actividad o negocio de forma proporcional a dicho uso o destino.

Aún no ha habido pronunciamiento oficial de la Agencia Tributaria al respecto, desconociéndose la forma como pretende implementar el criterio de la proporcionalidad. Tampoco se ha modificado aún la Ley nacional, es decir, España está actualmente incumpliendo la Directiva europea del IVA.