Protocolo de riesgos laborales obligatorio para servicios domésticos

13 octubre, 2025 - 3 minutes read

 A partir del próximo 14 de noviembre de 2025, todos los empleadores de personal del servicio del hogar en España estarán obligados a disponer de un protocolo de prevención de riesgos laborales. Esta medida, que busca equiparar los derechos de las trabajadoras del hogar con los del resto de trabajadores por cuenta ajena, se introduce principalmente a través del Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre, que regula la protección de la seguridad y la salud en este ámbito.

Esta nueva normativa desarrolla una modificación previa de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, consolidando un marco de protección para un sector tradicionalmente desregulado en esta materia. El objetivo es garantizar un entorno de trabajo seguro y saludable en el domicilio familiar.

Claves de la nueva normativa:

1. Evaluación de Riesgos: El empleador tiene la obligación de realizar una evaluación inicial de los riesgos laborales asociados a las tareas a desempeñar en el hogar. Para facilitar este trámite, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ha puesto a disposición una herramienta online y gratuita desde el 14 de mayo de 2025.

2. Entrega y Plazos: La evaluación de riesgos deberá ser entregada a la persona trabajadora antes del 15 de noviembre de 2025. A partir de esa fecha, será un requisito indispensable en el momento de la contratación.

3. Medidas Preventivas: Si la evaluación detecta algún riesgo, el empleador deberá adoptar las medidas necesarias para eliminarlo o reducirlo. Estas medidas deben documentarse por escrito.

4. Equipos de Protección Individual (EPI): El empleador está obligado a proporcionar, de forma gratuita, los equipos de protección individual necesarios para el desempeño seguro del trabajo, como guantes o mascarillas.

5. Reconocimientos Médicos: Se reconoce el derecho de las personas trabajadoras del hogar a acceder a reconocimientos médicos voluntarios y gratuitos, gestionados por el Sistema Nacional de Salud, con una periodicidad máxima de tres años.

6. Formación e Información: Las personas trabajadoras tienen derecho a recibir información y formación sobre los riesgos específicos de su puesto de trabajo.

Marco Legal y Contexto

Esta nueva obligación se enmarca en un esfuerzo legislativo más amplio para dignificar las condiciones laborales del servicio doméstico. El Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, ya supuso un hito al reconocer el derecho a la prestación por desempleo para este colectivo y eliminar la figura del desistimiento, que permitía el despido sin causa justificada.

El incumplimiento de estas nuevas obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales puede acarrear sanciones para el empleador, que pueden ser consideradas infracciones graves. De esta forma, se pretende asegurar la protección efectiva de la salud y la seguridad de las personas que trabajan en el ámbito del hogar familiar.