El TJUE declara la legalidad con reservas de las comisiones hipotecarias.
10 mayo, 2025 - 2 minutes readEl Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado la legalidad «en principio» la legalidad de las cláusulas que permiten el cobro de una comisión de apertura en los préstamos hipotecarios, aunque con algunas reservas. La decisión del TJUE subraya la importancia de la transparencia y de que el consumidor entienda las implicaciones económicas de la comisión.
El TJUE ha dictado sentencias que, en principio, respaldan la legalidad del cobro de comisiones de apertura en préstamos hipotecarios, pero con ciertas reservas y siempre que se cumplan los requisitos de transparencia. La clave reside en que el consumidor pueda comprender el coste económico de la comisión y los servicios que retribuye, sin que se requiera una detallada descripción de los servicios prestados.
- Validez “en principio”:
El TJUE reconoce que la comisión de apertura no es intrínsecamente abusiva, es decir, no es considerada ilegal por el mero hecho de su existencia.
- Requisitos de transparencia:
Es fundamental que el consumidor entienda claramente la finalidad de la comisión y su impacto económico, permitiéndole tomar una decisión informada.
- Control de abusividad:
El TJUE permite que los tribunales nacionales controlen la abusividad de la comisión, pero solo si se demuestra que los servicios remunerados por la comisión no son razonables o si la comisión es desproporcionada con el coste de esos servicios.
- No se exige detallar servicios:
No es necesario que el contrato detalle minuciosamente todos los servicios prestados, bastando con que el consumidor pueda comprender los que se retribuyen con la comisión.
- Transparencia y proporcionalidad:
La transparencia y la proporcionalidad entre la comisión y el coste de los servicios son los pilares clave para determinar la legalidad de la misma, según el TJUE.
- Posible solapamiento:
Se debe tener en cuenta si la comisión se solapa con otros gastos o si se cobran los mismos servicios por duplicado, ya que en ese caso podría ser considerada abusiva.
0 Comentarios